jueves, 24 de noviembre de 2011

DIVORCIOS RAPIDOS EN LA VICTORIA

La Municipalidad Distrital a través de la Unidad de Registro Civil a in iniciado realización de divorcios rápidos con el trámite de seis expedientes de parejas interesadas en desunir su matrimonio civil.


El trámite para el divorcio rápido se inicia con una solicitud de separación convencional y divorcio ulterior, nombre, documento nacional de identidad, último domicilio conyugal, firma y huella digital de cada una de los cónyuges y tiene un costo de 350 nuevos soles.

La Jefa de Registro Civil, Irma Bustamante Leyva a informado que durante el trámite se presenta copias simple y legibles de los documentos de identidad de ambos cónyuges. Acta o partida original de matrimonio expedida dentro de los tres(03) meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Declaración jurada, con firma y huella digital de cada uno de los cónyuges, de no tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad.

Además del acta o partida de nacimiento, original de los hijos menores o hijos mayores con incapacidad, expedida dentro de los tres (03) meses anteriores de la presentación de la solicitud. Sentencia judicial firme o acta de conciliación respecto de los respecto a los regimenes de ejercicio a la patria potestad, alimentos, tenencia y visita de los hijos menores. Sentencia judicial firme o acta de conciliación respecto a los regimenes de ejercicio de la cúratela y visitas de los hijos mayores con incapacidad si los hubiera.

La Jefa de Registro Civil a señalado que además deben presentar sentencias judiciales firmes que declaran la interdicción del hijo mayor con incapacidad, que nombran a su curador. Testimonio de la Escritura Publica, escrita en los registros públicos, de separación de patrimonio, o declaración jurada, con firma e impresión de huella digital de cada uno de los conyugues, de carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales.

Finalmente el Testimonio de la Escritura Pública, inscrita en los Registros Públicos de sustentación o de liquidación del régimen patrimonial si fuera el caso. Declaración jurada del último domicilio conyugal, de ser el caso, suscrita obligatoriamente por ambos conyugues.

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